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programas de actualización de conocimientos para cada consejero, cuando las circunstancias lo

aconsejen.

Cumple.

34.

Que cuando exista un consejero coordinador, los estatutos o el reglamento del consejo de

administración, además de las facultades que le corresponden legalmente, le atribuya las siguientes:

presidir el consejo de administración en ausencia del presidente y de los vicepresidentes, en caso de

existir; hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros no ejecutivos; mantener contactos con

inversores y accionistas para conocer sus puntos de vista a efectos de formarse una opinión sobre

sus preocupaciones, en particular, en relación con el gobierno corporativo de la sociedad; y

coordinar el plan de sucesión del presidente.

No aplicable.

35.

Que el secretario del consejo de administración vele de forma especial para que en sus actuaciones y

decisiones el consejo de administración tenga presentes las recomendaciones sobre buen gobierno

contenidas en este Código de buen gobierno que fueran aplicables a la sociedad.

Cumple.

36.

Que el consejo de administración en pleno evalúe una vez al año y adopte, en su caso, un plan de

acción que corrija las deficiencias detectadas respecto de:

a)

La calidad y eficiencia del funcionamiento del consejo de administración.

b)

El funcionamiento y la composición de sus comisiones.

c)

La diversidad en la composición y competencias del consejo de administración.

d)

El desempeño del presidente del consejo de administración y del primer ejecutivo de la sociedad.

e)

El desempeño y la aportación de cada consejero, prestando especial atención a los responsables

de las distintas comisiones del consejo.

Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que éstas eleven

al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de

nombramientos.

Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un

consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.

Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la

sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser des-glosadas en el informe anual de

gobierno corporativo.

El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno

corporativo.

Cumple parcialmente. Explique:

Se cumple la Recomendación en relación con la evaluación anual del Consejo y de sus Comisiones,

pero no se ha adoptado ninguna decisión sobre la posible intervención de un consultor externo que

evalúe dicho informe. En los últimos años la Sociedad viene haciendo esta evaluación mediante un

sistema interno, supervisado por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, con la intervención

directa y personal de todos los consejeros. Está dirigido por el Presidente y coordinado por la

Secretaría del Consejo de Administración, que interviene como garante de su idoneidad técnica,

confidencialidad e integridad. El procedimiento está sujeto a un proceso de mejora constante,

adaptándose en cada ejercicio a las nuevas exigencias legales y a las prácticas habituales en órganos

de administración colegiados de similares características, tanto cuantitativas como cualitativas. Los

resultados de la evaluación han permitido conocer las opiniones de los consejeros sobre todas las

cuestiones claves de organización y funcionamiento, detectar los aspectos susceptibles de mejora y