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Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos

cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de

aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes

relacionados con su adquisición.

Explique:

La política de retribuciones de Atresmedia Corporación prevé la percepción de retribuciones

variables -vinculadas con los resultados económicos del Grupo o con el rendimiento personal del

consejero- además de por los consejeros ejecutivos también por otros consejeros que no lo sean,

siempre que desempeñan funciones relevantes en interés de la Sociedad o que sean asesores del

Grupo Atresmedia, con una relación profesional regular y destacable La Junta General Ordinaria de

accionistas celebrada en 2015 ha aprobado, en votación consultiva, dicha política de retribuciones,

que está incluida en el Informe anual de remuneraciones de los consejeros y permanecerá vigente

hasta el ejercicio 2017, salvo modificación expresa.

En este sentido debe señalarse que el perfil profesional excepcional de algunos consejeros de

Atresmedia resulta especialmente adecuado –y objetivamente insustituible- para que desempeñen

tareas concretas o actividades regulares en beneficio de la Sociedad, especialmente en materia de

asesoría audiovisual o regulatoria, relaciones institucionales, estrategias editoriales, representación

ante las administraciones públicas, los grupos de interés, las asociaciones empresariales, etc. El

criterio de la vigente política de retribuciones es que esta dedicación excepcional también justifica

una retribución adecuada y diferente, cuya transparencia queda garantizada a través de la

información ofrecida en el informe anual de retribuciones. Esta retribución es acorde con la

importancia del trabajo efectivamente realizado por el consejero en beneficio de la Sociedad y, en su

caso, también responde a la medición del rendimiento personal y a las ventajas que haya supuesto

para Atresmedia.

58.

Que en caso de remuneraciones variables, las políticas retributivas incorporen los límites y las

cautelas técnicas precisas para asegurar que tales remuneraciones guardan relación con el

rendimiento profesional de sus beneficiarios y no derivan solamente de la evolución general de los

mercados o del sector de actividad de la compañía o de otras circunstancias similares.

Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:

a)

Estén vinculados a criterios de rendimiento que sean predeterminados y medibles y que dichos

criterios consideren el riesgo asumido para la obtención de un resultado.

b)

Promuevan la sostenibilidad de la empresa e incluyan criterios no financieros que sean

adecuados para la creación de valor a largo plazo, como el cumplimiento de las reglas y los

procedimientos internos de la sociedad y de sus políticas para el control y gestión de riesgos.

c)

Se configuren sobre la base de un equilibrio entre el cumplimiento de objetivos a corto, medio y

largo plazo, que permitan remunerar el rendimiento por un desempeño continuado durante un

período de tiempo suficiente para apreciar su contribución a la creación sostenible de valor, de

forma que los elementos de medida de ese rendimiento no giren únicamente en torno a hechos

puntuales, ocasionales o extraordinarios.

Cumple.

59.

Que el pago de una parte relevante de los componentes variables de la remuneración se difiera por

un período de tiempo mínimo suficiente para comprobar que se han cumplido las condiciones de

rendimiento previamente establecidas.

Cumple.

60.

Que las remuneraciones relacionadas con los resultados de la sociedad tomen en cuenta las

eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y minoren dichos resultados.

Cumple.