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En esta norma se establece que los empleados de Atresmedia deben transmitir la
información de forma veraz, completa y comprensible. En ningún caso
proporcionarán, a sabiendas, información incorrecta, inexacta o imprecisa que
pueda inducir a error a quien la recibe. Asimismo, se recoge la obligación de que
todas las transacciones de Atresmedia deberán ser reflejadas con claridad y
precisión en sus registros contables. En particular, todas las cuentas deberán ser
reflejadas correctamente en esos registros, así como todas las operaciones
realizadas y todos los gastos incurridos. En general, se señala que los empleados
de Atresmedia se abstendrán de cualquier práctica que contravenga el
compromiso de reflejar con claridad y precisión las transacciones en los registros
de la Sociedad y pondrán especial cuidado respecto a la fiabilidad de la
información introducida en los sistemas informáticos de Atresmedia.
Asimismo, en su artículo 7.4 relativo a la Trasparencia y Confidencialidad, se dice
que la obligación y el rigor en el tratamiento de los datos personales y de negocio
constituye un soporte necesario para la obtención de un clima de confianza
mutua, a través de la adecuada protección y reserva de la información de la que
se disponga y del compromiso permanente de informar, de manera completa,
objetiva y veraz, a los clientes, colaboradores internos y externos, al mercado y a
la sociedad. Asimismo, se
dispone que la falsificación, manipulación o utilización
deliberada de información falsa constituyen un fraude.
La máxima responsabilidad en la interpretación y aplicación de este Código de
Conducta corresponde al Comité de Cumplimiento Normativo (CCN). Este comité
tiene, entre otras funciones, la responsabilidad de dirigir y supervisar su
cumplimiento, apoyar al departamento de Auditoría Interna en la gestión del
Sistema de Control Interno de la Información Financiera (SCIIF) y coordinar la
gestión del canal de comunicación específico que se ha implantado en
Atresmedia para recibir las comunicaciones de los empleados en las materias
relacionadas con la efectiva y correcta aplicación integral de todas estas normas
dentro del Grupo: Canal de Consultas y Denuncias.
El CCN depende jerárquicamente del Consejo de Administración, sin perjuicio de
la información que en su caso deba remitirse a la Comisión de Auditoría y Control
(para las materias que específicamente corresponden a esta Comisión) o al
Consejero Delegado (para las cuestiones relacionadas con la gestión).
El Director de Cumplimiento Normativo y Presidente del CCN será designado por
el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Auditoría y Control
y deberá contar con las condiciones técnicas, profesionales y personales que, en
su caso, establezca la normativa legal aplicable al cargo, además de una
adecuada preparación y experiencia profesional e independencia jerárquica en la
organización del Grupo Atresmedia.
Actualmente el Código de conducta del Grupo Atresmedia se ha difundido a
todos los empleados del Grupo mediante una comunicación específica a tal
efecto, donde se han expuesto y explicado los principales aspectos del mismo y
las obligaciones que todos los empleados del Grupo deben cumplir en relación
con el citado Código. Asimismo, dicho Código de Conducta se ha publicado en la
página corporativa
www.atresmediacorporacion.comasí como en la intranet del
Grupo, en el apartado de Cumplimiento Normativo y Control, para que pueda ser
consultado en todo momento por cualquier empleado o por cualquier tercero
relacionado con el Grupo.
Canal de denuncias, que permita la comunicación al comité de auditoría de
irregularidades de naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales
incumplimientos del código de conducta y actividades irregulares en la
organización, informando en su caso si éste es de naturaleza confidencial.
El Grupo Atresmedia tiene implantado un Canal de Consultas y Denuncias, que
permite a todos sus empleados comunicar, de un modo sencillo y confidencial,
aquellas actuaciones que, a su entender, constituyan conductas o actuaciones