![Show Menu](styles/mobile-menu.png)
![Page Background](./../common/page-substrates/page0048.png)
48
El área de Auditoría Interna y Control de Procesos tiene, entre otras, encargada la
función de supervisión del Sistema de control interno por parte de la Comisión de
Auditoría y Control. Ésta área realiza revisiones periódicas de ciclos de negocio a nivel
de Grupo así como de sociedades subsidiarias y propone planes de acción correctores
que son comunicados a la Alta Dirección del Grupo Atresmedia y a la Comisión de
Auditoría y Control.
F.5.2.
Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de
acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos
puedan comunicar a la alta dirección y a la comisión de auditoría o administradores de
la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los
procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido
encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de
corregir o mitigar las debilidades observadas.
El auditor de cuentas externo, la Dirección Financiera y la Dirección de Auditoría Interna
y Control de Procesos asisten, de acuerdo al calendario establecido y/o bien
específicamente si existe algún aspecto relevante, a la Comisión de Auditoría y Control y
le trasmiten los principales aspectos detectados en el ámbito de revisión y de las
funciones encomendadas a cada una de esas direcciones.
La Dirección de Auditoria y Control de Procesos ha informado periódicamente a la
Comisión de Auditoría y Control sobre la evolución y avance de los planes de acción a
ejecutar de forma progresiva relativos al SCIIF.
F.6
Otra información relevante
No.
F.7
Informe del auditor externo
Informe de:
Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor
externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso
contrario, debería informar de sus motivos.
No se ha sometido la información del SCIIF a informe del auditor externo. Sin embargo, el auditor
externo tiene acceso al Sistema de Riesgos y Control del Grupo, y por tanto, a todos los
mecanismos del SCIIF, y puede evaluar su funcionamiento en la medida que le sea necesario para su
trabajo de auditoría y para obtener sus conclusiones.
G
GRADO DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE GOBIERNO CORPORATIVO
Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen
gobierno de las sociedades cotizadas.
En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una
explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en
general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables
explicaciones de carácter general.
1.
Que los estatutos de las sociedades cotizadas no limiten el número máximo de votos que pueda
emitir un mismo accionista, ni contengan otras restricciones que dificulten la toma de control de la
sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado.
Cumple.
2.
Que cuando coticen la sociedad matriz y una sociedad dependiente, ambas definan públicamente
con precisión:
a)
Las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre ellas, así como las
de la sociedad dependiente cotizada con las demás empresas del grupo.