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31

D.5

Indique el importe de las operaciones realizadas con otras partes vinculadas

.

D.6

Detalle los mecanismos establecidos para detectar, determinar y resolver los posibles conflictos

de intereses entre la sociedad y/o su grupo, y sus consejeros, directivos o accionistas

significativos.

Los mecanismos relativos a los conflictos de interés de los miembros del Consejo de

Administración se encuentran regulados en el Reglamento del Consejo, concretamente en el

artículo 35.3 e).

Establece que los consejeros deben comunicar al Consejo de Administración cualquier situación

de conflicto, directo o indirecto, que pudieran tener con el interés de la Sociedad.

Si el conflicto fuera consecuencia de una operación entre el consejero y la Sociedad ésta sólo

podrá realizarse con la autorización previa del propio Consejo, que a su vez habrá requerido el

pronunciamiento al respecto de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.

En caso de conflicto, el consejero implicado se abstendrá de intervenir en la deliberación y

decisión sobre la operación relacionada con el conflicto. Los consejeros afectados por el conflicto

de intereses no podrán delegar su voto en el Consejo de Administración y deberán ausentarse de

la sala de reuniones mientras el Consejo vota y delibera al respecto. El Informe Anual de

Gobierno Corporativo recogerá todas las situaciones de conflicto de intereses en las que se

encuentren los consejeros de la Sociedad.

Los consejeros deberán, asimismo, comunicar cualquier situación de conflicto de interés real o

potencial que ellos o sus personas vinculadas según se define en el artículo 231 de la Ley de

Sociedades de Capital pudieran tener con el interés de la sociedad. Esta información deberá

recogerse en la memoria de cada ejercicio.

Si en el posible conflicto de interés está implicado un directivo o cualquier otra persona que se

encuentre afectada por el Reglamento Interno de Conducta en materia de Mercado de Valores, el

mecanismo aplicable se establece en esa norma. El afectado debe poner en conocimiento del

Comité de Cumplimiento Normativo, a la mayor brevedad, mediante un sistema informático

implantado a estos efectos, aquellas situaciones que potencialmente puedan suponer la

aparición de conflictos de interés a causa de sus actividades fuera del grupo de empresas

ATRESMEDIA, sus relaciones familiares, su patrimonio personal o cualquier otro motivo

relacionado con:

a)

Intermediarios financieros que operen con el grupo de empresas ATRESMEDIA.

b)

Inversores profesionales o institucionales que tengan una relación significativa con el

grupo de empresas ATRESMEDIA.

c)

Proveedores de equipos o de material significativos.

d)

Proveedores de servicios profesionales o asesores externos, incluyendo aquellos que

presten servicios jurídicos, de consultoría o auditoría.

En cuanto a los accionistas significativos, el artículo 9.2 c) del Reglamento del Consejo, reserva a

éste la aprobación de las operaciones que la Sociedad realice con consejeros, con accionistas

significativos o representados en el Consejo, o con personas a ellos vinculados (operaciones

vinculadas), salvo en aquellas operaciones vinculadas que se realicen en virtud de contratos

cuyas condiciones estén estandarizadas y se apliquen en masa a muchos clientes y además a

precios o tarifas establecidos con carácter general por quien actúe como suministrador del bien

o servicio del que se trate, siempre que su cuantía no supere el uno por ciento (1%) de los

ingresos anuales de la Sociedad.

La aprobación por el Consejo de operaciones vinculadas debe contar previamente con el informe

favorable de la Comisión de Auditoría y Control, que habrá de valorar la operación desde el

punto de vista de la igualdad de trato de los accionistas y de las condiciones de mercado de la

misma. En la información pública anual se incluye un resumen de las transacciones de relevancia

realizadas por la Sociedad con sus consejeros y accionistas significativos.

D.7

¿Cotiza más de una sociedad del Grupo en España?

Sí No X

Identifique a las sociedades filiales que cotizan en España:

Sociedades filiales cotizadas