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de la Sociedad, e incluso disponer que comparezcan sin la presencia de ningún otro
directivo. Tanto el Director Financiero como el Director de Auditoría Interna asisten a
todas sus reuniones y ocasionalmente otros directivos. De forma regular, también
asiste el auditor externo.
Puede recabar el asesoramiento de profesionales externos (artículo 34.6 del
Reglamento del Consejo).
El Consejo delibera sobre las propuestas e informes de la Comisión. En el primer pleno
del Consejo posterior a cada una de sus reuniones, la Comisión da cuenta de su
actividad y responde del trabajo realizado.
Denominación comisión
COMISION DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES
Breve descripción
Art.43 de los Estatutos Sociales y 25 del Reglamento del Consejo de Administración.
Formada por un nº de consejeros no inferior a 3 ni superior a 5, todos externos,
designados por el Consejo de entre sus miembros, teniendo presentes los
conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de la
Comisión. El Presidente se nombra por la propia Comisión de entre sus miembros
independientes por un plazo máximo de 4 años, sin perjuicio de que pueda ser
reelegido. Es Secretario es el del Consejo o un Vicesecretario. En caso de ausencia actúa
como tal el miembro de la Comisión que ella misma designe entre los asistentes.
Se reúne previa convocatoria del Presidente, cuando lo considere oportuno, así como
cuando sea solicitado por al menos, tres de sus miembros, por la Comisión Delegada o
por el Consejero Delegado. Queda válidamente constituida cuando el número de
consejeros presentes o representados sea superior al de consejeros ausentes y
adoptará sus acuerdos por mayoría absoluta de los asistentes. El voto del Presidente es
dirimente.
A sus sesiones pueden asistir consejeros ejecutivos, cuando lo acuerden de forma
expresa los miembros de la Comisión. Asimismo, la Comisión puede convocar a
cualquier empleado o directivo de la Sociedad y disponer que comparezcan sin la
presencia de ningún otro directivo. Puede recabar el asesoramiento de profesionales
externos (artículo 34.6 del Reglamento del Consejo).
El Consejo delibera sobre las propuestas e informes de la Comisión. En el primer pleno
del Consejo posterior a cada una de sus reuniones, la Comisión da cuenta de su
actividad y responde del trabajo realizado.
C.2.5
Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del consejo, el lugar en
que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado
durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún
informe anual sobre las actividades de cada comisión.
No hay regulación específica sobre las Comisiones del Consejo. Se encuentra integrada
en el Reglamento del Consejo de Administración, que establece sus competencias,
composición, etc. y que está disponible para su consulta en la web de la CNMV y en la
web corporativa.
En las materias relativas a la organización y funcionamiento de las Comisiones que no
se encuentren previstas expresamente en el Reglamento del Consejo se aplican, según
dispone el mismo, las normas establecidas en relación al Consejo, siempre y cuando
sean compatibles con la naturaleza y función de la Comisión de que se trate.
Cada una de las comisiones del Consejo de Administración aprueba anualmente una
memoria de la actividad desarrollada en el ejercicio, de la que informa al Consejo de
Administración.
C.2.6
Indique si la composición de la comisión delegada o ejecutiva refleja la participación en
el consejo de los diferentes consejeros en función de su condición: