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de la Sociedad, e incluso disponer que comparezcan sin la presencia de ningún otro

directivo. Tanto el Director Financiero como el Director de Auditoría Interna asisten a

todas sus reuniones y ocasionalmente otros directivos. De forma regular, también

asiste el auditor externo.

Puede recabar el asesoramiento de profesionales externos (artículo 34.6 del

Reglamento del Consejo).

El Consejo delibera sobre las propuestas e informes de la Comisión. En el primer pleno

del Consejo posterior a cada una de sus reuniones, la Comisión da cuenta de su

actividad y responde del trabajo realizado.

Denominación comisión

COMISION DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES

Breve descripción

Art.43 de los Estatutos Sociales y 25 del Reglamento del Consejo de Administración.

Formada por un nº de consejeros no inferior a 3 ni superior a 5, todos externos,

designados por el Consejo de entre sus miembros, teniendo presentes los

conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de la

Comisión. El Presidente se nombra por la propia Comisión de entre sus miembros

independientes por un plazo máximo de 4 años, sin perjuicio de que pueda ser

reelegido. Es Secretario es el del Consejo o un Vicesecretario. En caso de ausencia actúa

como tal el miembro de la Comisión que ella misma designe entre los asistentes.

Se reúne previa convocatoria del Presidente, cuando lo considere oportuno, así como

cuando sea solicitado por al menos, tres de sus miembros, por la Comisión Delegada o

por el Consejero Delegado. Queda válidamente constituida cuando el número de

consejeros presentes o representados sea superior al de consejeros ausentes y

adoptará sus acuerdos por mayoría absoluta de los asistentes. El voto del Presidente es

dirimente.

A sus sesiones pueden asistir consejeros ejecutivos, cuando lo acuerden de forma

expresa los miembros de la Comisión. Asimismo, la Comisión puede convocar a

cualquier empleado o directivo de la Sociedad y disponer que comparezcan sin la

presencia de ningún otro directivo. Puede recabar el asesoramiento de profesionales

externos (artículo 34.6 del Reglamento del Consejo).

El Consejo delibera sobre las propuestas e informes de la Comisión. En el primer pleno

del Consejo posterior a cada una de sus reuniones, la Comisión da cuenta de su

actividad y responde del trabajo realizado.

C.2.5

Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del consejo, el lugar en

que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado

durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún

informe anual sobre las actividades de cada comisión.

No hay regulación específica sobre las Comisiones del Consejo. Se encuentra integrada

en el Reglamento del Consejo de Administración, que establece sus competencias,

composición, etc. y que está disponible para su consulta en la web de la CNMV y en la

web corporativa.

En las materias relativas a la organización y funcionamiento de las Comisiones que no

se encuentren previstas expresamente en el Reglamento del Consejo se aplican, según

dispone el mismo, las normas establecidas en relación al Consejo, siempre y cuando

sean compatibles con la naturaleza y función de la Comisión de que se trate.

Cada una de las comisiones del Consejo de Administración aprueba anualmente una

memoria de la actividad desarrollada en el ejercicio, de la que informa al Consejo de

Administración.

C.2.6

Indique si la composición de la comisión delegada o ejecutiva refleja la participación en

el consejo de los diferentes consejeros en función de su condición: