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2º En relación conel auditor externo:
a)Recibir regularmente del auditor externo información sobre el plan de auditoría y los resultados
de suejecución, y verificar que laaltadirección tieneen cuenta sus recomendaciones.
b)Asegurar la independenciadel auditor externoy, a tal efecto:
i)
Que la sociedad comunique como hecho relevante a la CNMV el cambio de auditor y lo
acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor
saliente y, si hubieranexistido, de su contenido.
ii)
Que en caso de renuncia del auditor externo examine las circunstancias que la hubieran
motivado.
Ver epígrafes: C.1.36, C.2.3, C.2.4 yE.2
Cumple
46.
Que el comité de auditoría pueda convocar a cualquier empleado o directivo de la sociedad, e incluso
disponer que comparezcan sinpresenciadeningúnotrodirectivo.
Cumple
47.
Que el comité de auditoría informe al consejo, con carácter previo a la adopción por éste de las
correspondientes decisiones, sobre los siguientes asuntos señalados en laRecomendación8:
a)
La información financiera que, por su condición de cotizada, la sociedad deba hacer pública
periódicamente. El comité debiera asegurarse de que las cuentas intermedias se formulan con los
mismos criterios contables que las anuales y, a tal fin, considerar la procedencia de una revisión
limitadadel auditor externo.
b)
La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en
países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales, así como cualesquiera otras
transacciones u operaciones de naturaleza análoga que, por su complejidad, pudieranmenoscabar
la transparenciadel grupo.
c)
Las operaciones vinculadas, salvo que esa función de informe previo haya sido atribuida a otra
comisiónde las de supervisión y control.
Ver epígrafes: C.2.3 yC.2.4
Cumple
48.
Que el consejo de administración procure presentar las cuentas a la junta general sin reservas ni
salvedades en el informe de auditoría y que, en los supuestos excepcionales en que existan, tanto el
presidente del comité de auditoría como los auditores expliquen con claridad a los accionistas el
contenido yalcancededichas reservaso salvedades.
Ver epígrafe: C.1.38
Cumple
49.
Que la mayoría de los miembros de la comisión de nombramientos ‐o de nombramientos y
retribuciones, si fueranuna sola‐ sean consejeros independientes.
Ver epígrafe:
C.2.1
Explique
LaComisióndeNombramientos y retribuciones está integradapor cincomiembros de los cuales dos son
independientes y los tres restantes dominicales externos. Aunque los consejeros independientes no
representan la mayoría, se considera que su participación en este órgano colegiado es suficiente para
garantizar el correcto funcionamiento de esta Comisión en el ejercicio de las facultades que le
corresponden. Por otra parte, la proporción que representan es coherente con la estructura del capital
de la sociedad yequivalentea laque seaplica tambiénen todos los demásórganos deAdministración.