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semestral y de las conclusiones del trabajo final de auditoría. En estas reuniones, se
anticipan y analizan las conclusiones alcanzadas por los auditores externos como
consecuencia de su trabajo, con el objetivo de evitar la necesidad de incluir cualquier
reserva, mencióno salvedadenel informedeauditoría.
C.1.33
¿El secretariodel consejo tiene la condiciónde consejero?
Sí No X
C.1.34
Explique los procedimientos de nombramiento y cese del secretario del consejo, indicando
si su nombramiento y cese han sido informados por la comisión de nombramientos y
aprobados por el plenodel consejo.
Procedimientodenombramientoy cese
El Consejo de Administración nombra al Secretario del Consejo de Administración que
puede ser o no consejero. También puede nombrar a cuantos Vicesecretarios estime
preciso, que podrán ser ono consejeros, para que asistan al Secretario, o le sustituyan en
el desempeñode sus funciones en casodeausenciao imposibilidad, oen tantoel cargode
Secretario no estuviera proveído. El nombramiento y el cese del Secretario y del
Vicesecretariodeben ser informados por laComisióndeNombramientos yRetribuciones y
aprobados por el plenodel Consejo. Tanto laComisióndeNombramientos yRetribuciones
como el Consejo de Administración son responsables de que el Secretario y el o los
Vicesecretarios sean elegidos entre profesionales de reconocido prestigio y con la
cualificación idónea para el desempeño de sus funciones, garantizando asimismo su
independenciae imparcialidad.
Sí
No
¿La comisióndenombramientos informadel nombramiento?
X
¿La comisióndenombramientos informadel cese?
X
¿El consejoenplenoapruebael nombramiento?
X
¿El consejoenplenoapruebael cese?
X
¿Tiene el secretario del consejo encomendada la función de velar, de forma especial, por el
seguimientode las recomendacionesdebuengobierno?
Sí X No
Observaciones
El Reglamento del Consejo de Administración (artículos 19.5‐e y 19.6‐c) establece que es
responsabilidad del Secretario del Consejo velar de forma especial por garantizar la
regularidad legal y estatutaria de las actuaciones del Consejo comprobando asimismo el
cumplimiento de las disposiciones emanadas de los organismos reguladores así como de
sus recomendaciones y garantizará que sean respetados los procedimientos y reglas de
gobierno corporativode laSociedad.
C.1.35
Indique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por la sociedad para preservar la
independencia de los auditores externos, de los analistas financieros, de los bancos de
inversión yde las agenciasde calificación.
Es competencia de laComisióndeAuditoría y Control supervisar la independencia y eficacia
de la función de auditoría; proponer la selección, nombramiento, reelección y cese del
responsable de auditoría interna; recibir información periódica sobre sus actividades; y