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4.4.3 Instrumentos de patrimonio

Un instrumento de patrimonio representa una participación residual en el Patrimonio de la

Sociedad, una vez deducidos todos sus pasivos.

Los instrumentos de capital emitidos por la Sociedad se registran en el Patrimonio neto por el

importe recibido, neto de los gastos de emisión.

Las acciones propias que adquiere la Sociedad durante el ejercicio se registran, por el valor de la

contraprestación entregada a cambio, directamente como menor valor del Patrimonio neto. Los

resultados derivados de la compra, venta, emisión o amortización de los instrumentos de

patrimonio propio, se reconocen directamente en Patrimonio neto, sin que en ningún caso se

registre resultado alguno en la cuenta de Pérdidas y Ganancias.

4.4.4 Coberturas

La Sociedad utiliza instrumentos financieros derivados para cubrir los riesgos a los que se

encuentran expuestas sus actividades, operaciones y flujos de efectivo futuros.

Fundamentalmente, estos riesgos son de variaciones de los tipos de cambio. En el marco de dichas

operaciones la Sociedad contrata instrumentos financieros de cobertura.

Para que estos instrumentos financieros puedan calificar como de cobertura contable, son

designados inicialmente como tales, documentándose la relación de cobertura. Asimismo, la

Sociedad verifica inicialmente y de forma periódica a lo largo de su vida (como mínimo en cada

cierre contable) que la relación de cobertura es eficaz, es decir, que es esperable

prospectivamente que los cambios en el valor razonable o en los flujos de efectivo de la partida

cubierta (atribuibles al riesgo cubierto) se compensen casi completamente por los del instrumento

de cobertura y que, retrospectivamente, los resultados de la cobertura hayan oscilado dentro de

un rango de variación del 80 al 125% respecto del resultado de la partida cubierta.

La Sociedad ha aplicado durante el ejercicio el siguiente tipo de cobertura, que se contabiliza tal y

como se describe a continuación:

Coberturas de flujos de efectivo: En este tipo de coberturas, la parte de la ganancia o pérdida del

instrumento de cobertura que se haya determinado como cobertura eficaz se reconoce

transitoriamente en el patrimonio neto, imputándose en la cuenta de pérdidas y ganancias en el

mismo período en que el elemento que está siendo objeto de cobertura afecta al resultado, salvo

que la cobertura corresponda a una transacción prevista que termine en el reconocimiento de un

activo o pasivo no financiero, en cuyo caso los importes registrados en el patrimonio neto se

incluirán en el coste del activo o pasivo cuando sea adquirido o asumido.

La contabilización de coberturas es interrumpida cuando el instrumento de cobertura vence, o es

vendido, finalizado o ejercido, o deja de cumplir los criterios para la contabilización de coberturas.

En ese momento, cualquier beneficio o pérdida acumulado correspondiente al instrumento de

cobertura que haya sido registrado en el patrimonio neto se mantiene dentro del patrimonio neto

hasta que se produzca la operación prevista. Cuando no se espera que se produzca la operación

que está siendo objeto de cobertura, los beneficios o pérdidas acumulados netos reconocidos en el

patrimonio neto se transfieren a los resultados netos del período.