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Remoción (art. 14 del Reglamento)

Los Consejeros cesan en su cargo cuando lo decida la Junta General, cuando comuniquen su dimisión a

la Sociedad o cuando haya transcurrido el periodo para el que fueron nombrados.

Deberán poner su cargo a disposición del Consejo y formalizar la correspondiente dimisión en los

supuestos que se detallan en el siguiente apartado C.1.21 del presente informe.

El Consejo no propondrá el cese de consejeros independientes antes del cumplimiento del periodo

estatutario para el que fueron nombrados, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo,

previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. Se entenderá que existe justa causa

cuando el Consejero pase a ocupar nuevos cargos o contraiga nuevas obligaciones que le impidan

dedicar el tiempo necesario al desempeño del cargo, hubiera incumplido los deberes inherentes al

mismo o incurrido en alguna de las circunstancias impeditivas de su clasificación como independiente.

El Consejo de Administración propondrá el cese de los restantes Consejeros antes del cumplimiento del

periodo estatutario para el que fueron nombrados cuando concurra justa causa, apreciada por el

Consejo y previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.

Podrá proponerse el cese de consejeros independientes como consecuencia de Ofertas Públicas de

Adquisición, fusiones u otras operaciones societarias similares que supongan un cambio en la estructura

accionarial, cuando tales cambios vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad establecido en

el Reglamento.

Si un Consejero, o el Secretario o un Vicesecretario del Consejo de Administración cesen en su cargo

antes del término de su mandato, explicarán las razones en una carta que remitirán a todos los

miembros del Consejo, sin perjuicio de que se comunique como Hecho Relevante a la CNMV y se dé

cuenta en el Informe Anual de Gobierno Corporativo. En especial, en el caso de que la dimisión se deba a

que el Consejo haya adoptado decisiones significativas o reiteradas sobre las que el Consejero, el

Secretario o Vicesecretario haya hecho constar serias reservas y como consecuencia de ello optara por

dimitir, en la carta de dimisión que dirija al Consejo se hará constar esta circunstancia.

C.1.20 Explique en qué medida la evaluación anual del consejo ha dado lugar a cambios importantes en su

organización interna y sobre los procedimientos aplicables a sus actividades:

Descripción modificaciones

En el informe de evaluación del Consejo de 2015 se ha realizado un análisis sobre las medidas y

propuestas que fueron recogidas en el Plan de acción que formaba parte del informe de evaluación

2014. Las mejoras incorporadas han sido las siguientes:

1.

Comunicación regular con los consejeros con el fin de informarles sobre las novedades

regulatorias relativas al buen gobierno corporativo, así como de los cambios normativos que les

pueden afectar por su cargo de consejeros.

2.

Mayor flexibilidad y extensión en la duración de las reuniones de los órganos colegiados, para

que puedan adaptarse con más facilidad al contenido concreto del orden del día.

3.

Revisión del cuestionario de evaluación aprobado por la Comisión de Nombramientos y

Retribuciones con el fin de identificar aquellas prácticas recomendadas por el nuevo Código de

Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas, susceptibles de ser incorporadas a esa revisión.

4.

En el cuestionario de evaluación se han incorporado en 2015 veinte nuevas preguntas,

relacionadas con los siguientes temas: gobierno corporativo, deberes de los consejeros, sistema

de control y gestión de riesgos, responsabilidad corporativa y modelo de evaluación.

La conclusión de este análisis interno es que el grado de cumplimiento y aplicación de las propuestas del

Plan de acción 2014 ha sido alto, no obstante lo cual continuarán teniéndose en cuenta como referencia

para años sucesivos y, en la medida que no estén plenamente ejecutadas, formarán parte del Plan de

acción para 2016.

C.1.20.bis Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración

auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto de la diversidad en su composición y

competencias, del funcionamiento y la composición de sus comisiones, del desempeño del presidente

del consejo de administración y del primer ejecutivo de la sociedad y del desempeño y la aportación de

cada consejero.