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La contraprestación que la adquirente transfiere a cambio de la adquirida incluye
cualquier activo o pasivo que proceda de un acuerdo de contraprestación contingente. La
adquirente reconocerá a la fecha de adquisición el valor razonable de la contraprestación
contingente como parte de la contraprestación transferida a cambio de la adquirida.
Si a la fecha de cierre del ejercicio en que se produce la combinación no pueden
concluirse los procesos de valoración necesarios para aplicar el método de adquisición
descrito anteriormente, esta contabilización se considera provisional, pudiéndose ajustar
dichos valores provisionales en el periodo necesario para obtener la información
requerida que en ningún caso será superior a un año. Los efectos de los ajustes
realizados en este periodo se contabilizan retroactivamente contra el fondo de comercio,
modificando la información comparativa si fuera necesario.
Cambios posteriores que no sean ajustes del periodo de medición, en el valor razonable
de la contraprestación contingente clasificada como un activo o pasivo, se reconocerá de
acuerdo a la NIC 39, registrándose cualquier ganancia o pérdida resultante en resultados
o en otro resultado global, salvo que dicha contraprestación haya sido clasificada como
patrimonio, en cuyo caso, no deberá valorarse nuevamente y su liquidación posterior
deberá contabilizarse dentro del patrimonio neto.
Tras el reconocimiento inicial al coste, el fondo de comercio adquirido en una
combinación de negocios se valora a su coste menos las pérdidas por deterioro de valor
acumuladas. La periodicidad con la que se realiza las pruebas de deterioro es anual o con
mayor frecuencia si como consecuencia de acontecimientos o cambios en las
circunstancias, determinan que el activo pueda haber sufrido deterioro de valor.
De acuerdo a la NIC 36, el fondo de comercio adquirido en una combinación de negocios
se asigna desde la fecha de adquisición a unidades generadoras de efectivo del Grupo
que se espera que se beneficien de las sinergias de la combinación de negocios,
independientemente de si otros activos y pasivos de la entidad adquirida están asignados
a dichas unidades.
El deterioro de valor del fondo de comercio se determina por el exceso del valor en libros
del mismo sobre el importe recuperable de la unidad o unidades generadoras de efectivo
con las que se relaciona dicha plusvalía.
Las pérdidas por deterioro relacionadas con los fondos de comercio no son objeto de
reversión posterior.
c)
Otros activos intangibles
Concesiones administrativas
Esta cuenta recoge, fundamentalmente, el coste asignado a las concesiones
administrativas de emisión radiofónica adquiridas por Uniprex, S.A. Unipersonal. El
importe por el que figuran en el Balance de Situación Consolidado adjunto corresponde al
importe de los gastos realizados para su obtención directa del Estado o de la Entidad
Pública correspondiente. Dicho importe se amortiza linealmente en el periodo de
concesión inicial de la licencia de radio.
Licencias y Marcas
En estas cuentas el Grupo registró los importes correspondientes a la licencia y marca
identificados en el proceso de asignación del precio de adquisición, derivado de la fusión
con Gestora de Inversiones Audiovisuales La Sexta, S.A. y realizado en el ejercicio 2012
(Véase Nota 5).
La marca se amortiza linealmente a lo largo de su vida útil, que se ha estimado en 20
años.