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digital. Posteriormente, con fecha 18 de diciembre de 2013, el Tribunal Supremo dictó Auto de
ejecución de la citada sentencia, en el que, entre otros aspectos, se refiere a los canales
afectados por su sentencia, entre los que se encontrarían tres de los que en dicha fecha eran
explotados por Atresmedia.
El día 6 de mayo de 2014, en ejecución de la citada Sentencia del Tribunal Supremo, cesaron
las emisiones de los canales afectados por la misma, entre los que se encuentran tres de los
gestionados por Atresmedia: Nitro, Xplora y La Sexta 3, y ello a pesar de haber cumplido con
todas las obligaciones que habían sido requeridas.
Se ha llevado a cabo una evaluación del impacto contable del cierre de estos canales en los
estados financieros individuales y consolidados, de acuerdo con la normativa contable
aplicable. En la evaluación no se ha puesto de manifiesto la necesidad de registrar pasivos o
compromisos relacionados con este cese de emisión, no resultando necesario registrar
deterioro alguno ni variación en su valoración de acuerdo con la normativa contable de
aplicación, excepto en lo relativo a determinados derechos de emisión de programas, cuya
emisión se ha imposibilitado por este motivo, y por los que se ha dotado la correspondiente
provisión por importe de 3 millones de euros (véase Nota 9).
Sin perjuicio del impacto contable mencionado, Atresmedia, ha presentado una reclamación de
responsabilidad patrimonial por los daños sufridos como consecuencia del cierre de estos tres
canales.
Adicionalmente, existen tres recursos ante la misma Sala Tercera de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Supremo contra los Acuerdos del Consejo de Ministros de 28 de
mayo y 11 de junio de 2010, por los que las concesiones para la prestación del servicio público
de televisión se transformaron en licencias para la prestación del servicio de comunicación
audiovisual. En caso de prosperar dichos recursos, la consecuencia sería el apagado de otros
ocho canales de televisión digital terrestre, entre ellos dos de Atresmedia. También en este
caso, hemos cumplido con todas las obligaciones que habían sido requeridas para la
explotación de estos canales, por lo que esperamos que este nuevo cierre no se lleve a cabo.
En todo caso, se ha realizado una estimación del hipotético apagón. Dicho impacto está
relacionado con los derechos de emisión que puedan existir en ese momento y con el plazo de
ejecución de la sentencia y se ha estimado un potencial deterioro comprendido en un rango de
entre seis y doce millones de euros.
En el mes de septiembre de 2014, el Gobierno aprobó un nuevo plan Técnico de Televisión
Digital Terrestre en el que, además de los canales actualmente en emisión, se dispone de
frecuencias para cinco canales adicionales que el Gobierno asignará mediante concurso, de
acuerdo con la Ley General Audiovisual, sin que hasta ahora se conozcan más detalles del
proceso.
En relación con la renovación de las concesiones del servicio público de radiodifusión sonora,
titularidad de Uniprex, S.A. Unipersonal, hasta la fecha se ha venido solicitando de acuerdo
con la normativa vigente, ante la correspondiente administración competente, la renovación
de aquellas concesiones con un vencimiento próximo, y en otras, la autorización de cambio de
titularidad. En algunos supuestos se ha obtenido la renovación expresa de la concesión, y, en
otros, por silencio positivo, tras la interposición de los oportunos recursos de alzada, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 43 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.