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El 3 de noviembre de 2014 se eleva a público la escritura de Fusión por la que la sociedad

“Publiseis Iniciativas Publicitarias” es absorbida por la entidad “Atres Advertising, S.L.U”,

previa venta de la participación por “Atresmedia Corporación” a su filial, quedando disuelta sin

liquidación, así como la aprobación como balance de fusión el del último ejercicio cerrado con

fecha 31 de diciembre de 2013. La sociedad se ha acogido al Régimen Especial de Fusiones del

Capítulo VIII Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

b) Conciliación resultado contable y gasto por Impuesto sobre Sociedades

La conciliación entre el resultado contable y el gasto por impuesto sobre beneficios es la

siguiente:

Miles de euros

2014

2013

Resultado consolidado antes de impuestos

95.327

47.807

Diferencias permanentes

4.769

7.312

BIN´s anteriores al grupo aplicadas en 2014

(9)

(4.029)

Resultado ajustado

100.087

51.090

Tipo impositivo

30,00%

30,00%

Resultado ajustado por tipo impositivo

30.026

15.327

Deducciones en cuota

(13.158)

(13.198)

Gasto por impuesto del ejercicio

16.868

2.129

Gasto por impuesto diferido

(1.426)

(87)

Ajustes en la imposición sobre el beneficio

33.233

(289)

Total gasto por impuesto

48.675

1.753

Tipo efectivo

51,06%

3,67%

Las diferencias permanentes del ejercicio 2014 se componen principalmente de diferencias de

consolidación negativas (1.661 miles de euros), deterioro de instrumentos de patrimonio no

deducibles (5.781) otros gastos no deducibles (361 miles de euros) y donaciones (287 miles

de euros).

Las diferencias negativas de consolidación derivan de diferencias en el perímetro (22 con signo

positivo), resultados por puesta en equivalencia (2.218 signo positivo), mayor amortización de

la marca en NIFF (289 signo positivo) y diferencias en eliminaciones contables (4.167 signo

negativo).

Las deducciones señaladas en el cuadro anterior son las generadas por el Grupo en el ejercicio

2014, provenientes de la inversión en producción audiovisual y de donaciones a Entidades sin

Fines de Lucro (13.073 miles y 85 miles, respectivamente). Adicionalmente, el Grupo genera

deducción por producción audiovisual derivada de la toma de participaciones en AIEs (ver Nota

21-d) que no afectan al gasto por impuesto del ejercicio.

En el epígrafe “Ajustes en la imposición sobre el beneficio” se recoge la diferencia entre la

contabilización de la provisión por impuesto del ejercicio pasado y la declaración efectiva

realizada ante las autoridades fiscales (1.242 miles con signo negativo) así como el efecto en

resultado del cambio de tipo de gravamen, recogido en La Ley 27/2014 de 27 de noviembre

del Impuesto sobre Sociedades, con fecha de entrada en vigor 01 de enero de 2015, que