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Se ha llevado a cabo una evaluación del impacto contable del cierre de estos canales en los

estados financieros individuales, de acuerdo con la normativa contable aplicable. En la evaluación

no se ha puesto de manifiesto la necesidad de registrar pasivos o compromisos relacionados con

este cese de emisión, no resultando necesario registrar deterioro alguno ni variación en su

valoración de acuerdo con la normativa contable de aplicación, excepto en lo relativo a

determinados derechos de emisión de programas, cuya emisión se ha imposibilitado por este

motivo, y por los que se ha dotado la correspondiente provisión por importe de 3 millones de

euros (véase Nota 11).

Sin perjuicio del impacto contable mencionado, Atresmedia, ha presentado una reclamación de

responsabilidad patrimonial por los daños sufridos como consecuencia del cierre de estos tres

canales.

Adicionalmente, existen tres recursos ante la misma Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo

del Tribunal Supremo contra los Acuerdos del Consejo de Ministros de 28 de mayo y 11 de junio de

2010, por los que las concesiones para la prestación del servicio público de televisión se

transformaron en licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual. En caso de

prosperar dichos recursos, la consecuencia sería el apagado de otros ocho canales de televisión

digital terrestre, entre ellos dos de Atresmedia. También en este caso, hemos cumplido con todas

las obligaciones que habían sido requeridas para la explotación de estos canales, por lo que

esperamos que este nuevo cierre no se lleve a cabo. En todo caso, se ha realizado una estimación

del hipotético apagón. Dicho impacto está relacionado con los derechos de emisión que puedan

existir en ese momento y con el plazo de ejecución de la sentencia y se ha estimado un potencial

deterioro comprendido en un rango de entre seis y doce millones de euros.

En el mes de septiembre de 2014, el Gobierno aprobó un nuevo plan Técnico de Televisión Digital

Terrestre en el que, además de los canales actualmente en emisión, se dispone de frecuencias

para cinco canales adicionales que el Gobierno asignará mediante concurso, de acuerdo con la Ley

General Audiovisual, sin que hasta ahora se conozcan más detalles del proceso.

Por otro lado, el 14 de diciembre de 2011, previo acuerdo de su Consejo de Administración,

Antena 3 de Televisión, S.A. suscribió un acuerdo con los accionistas de Gestora de Inversiones

Audiovisuales La Sexta, S.A. con el fin de proceder a la integración de ambas compañías, mediante

una fusión por absorción de Gestora de Inversiones Audiovisuales La Sexta, S.A. por parte de

Antena 3 de Televisión, S.A., condicionado a la obtención de las pertinentes autorizaciones

regulatorias y de competencia.

El 25 de enero de 2012, los Consejos de Administración de Antena 3 de Televisión, S.A. y de

Gestora de Inversiones Audiovisuales La Sexta, S.A. aprobaron el Proyecto Común de Fusión de

ambas.

La Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad, en su reunión celebrada el 25 de abril de

2012, acordó la aprobación de la fusión por absorción entre Antena 3 de Televisión, S.A. como

sociedad absorbente, y Gestora de Inversiones Audiovisuales La Sexta, S.A., de acuerdo con los

términos del proyecto común de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 7 de

febrero de 2012.

Con fecha 24 de agosto de 2012 se obtiene la autorización por parte de las autoridades

competentes en materia de defensa de la competencia en virtud del Acuerdo adoptado por el

Consejo de Ministros de esa misma fecha.

El 5 de octubre de 2012, igualmente por Acuerdo del Consejo de Ministros, se autoriza la

transmisión de la licencia de comunicación audiovisual titularidad de La Sexta y la cesión para el

uso privativo del dominio público radioeléctrico aparejada a la misma. Esta es la fecha a partir de

la cual las operaciones de la Sexta se considerarán realizadas a efectos contables por Antena 3 de

Televisión, S.A.

Con fecha 31 de octubre de 2012, fue inscrita en el Registro Mercantil de Madrid la escritura

pública de la fusión entre las sociedades Antena 3 de Televisión, S.A. y Gestora de Inversiones

Audiovisuales La Sexta, S.A., con la consiguiente extinción de esta última y la transmisión en

bloque y a título universal de la totalidad de su patrimonio a favor de la primera.