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4.7 Transacciones en moneda extranjera
La moneda funcional utilizada por la Sociedad es el euro. Consecuentemente, las operaciones en
otras divisas distintas del euro se consideran denominadas en moneda extranjera y se registran
según los tipos de cambio vigentes en las fechas de las operaciones.
Al cierre del ejercicio, los activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera se
convierten aplicando el tipo de cambio en la fecha del balance de situación. Los beneficios o
pérdidas puestos de manifiesto se imputan directamente a la cuenta de pérdidas y ganancias del
ejercicio en que se producen.
Los activos y pasivos monetarios cuyo criterio de valoración sea el valor razonable y estén
denominados en moneda extranjera, se convierten según los tipos vigentes en la fecha en que se
ha determinado el valor razonable. Los beneficios o pérdidas puestos de manifiesto se imputan a
patrimonio neto o a pérdidas y ganancias siguiendo los mismos criterios que el registro de las
variaciones en el valor razonable, según se indica en la Nota 4.5 de Instrumentos Financieros.
4.8 Impuestos sobre beneficios
El gasto o ingreso por impuesto sobre beneficios comprende la parte relativa al gasto o ingreso por
el impuesto corriente y la parte correspondiente al gasto o ingreso por impuesto diferido.
El impuesto corriente es la cantidad que la Sociedad satisface como consecuencia de las
liquidaciones fiscales del impuesto sobre el beneficio relativas a un ejercicio. Las deducciones y
otras ventajas fiscales en la cuota del impuesto, excluidas las retenciones y pagos a cuenta, así
como las pérdidas fiscales y deducciones compensables de ejercicios anteriores y aplicadas
efectivamente en éste, dan lugar a un menor importe del impuesto corriente.
El gasto o el ingreso por impuesto diferido se corresponde con el reconocimiento y la cancelación
de los activos y pasivos por impuesto diferido. Estos incluyen las diferencias temporarias que se
identifican como aquellos importes que se prevén pagaderos o recuperables derivados de las
diferencias entre los importes en libros de los activos y pasivos y su valor fiscal, así como las bases
imponibles negativas pendientes de compensación y los créditos por deducciones fiscales no
aplicadas fiscalmente. Dichos importes se registran aplicando a la diferencia temporaria o crédito
que corresponda el tipo de gravamen al que se espera recuperarlos o liquidarlos.
Se reconocen pasivos por impuestos diferidos para todas las diferencias temporarias imponibles,
excepto aquellas derivadas del reconocimiento inicial de fondos de comercio o de otros activos y
pasivos en una operación que no afecta ni al resultado fiscal ni al resultado contable y no es una
combinación de negocios.
Por su parte, los activos por impuestos diferidos sólo se reconocen en la medida en que se
considere probable que la Sociedad vaya a disponer de ganancias fiscales futuras contra las que
poder hacerlos efectivos.
Los activos y pasivos por impuestos diferidos, originados por operaciones con cargos o abonos
directos en cuentas de patrimonio, se contabilizan también con contrapartida en patrimonio neto.
En cada cierre contable se reconsideran los activos por impuestos diferidos registrados,
efectuándose las oportunas correcciones a los mismos en la medida en que existan dudas sobre su
recuperación futura. Asimismo, en cada cierre se evalúan los activos por impuestos diferidos no
registrados en balance y éstos son objeto de reconocimiento en la medida en que pase a ser
probable su recuperación con beneficios fiscales futuros.
La Sociedad comenzó a tributar a partir del año 2001 en régimen de consolidación fiscal con otras
sociedades del Grupo (véase Nota 16). A estos efectos, en la determinación del Impuesto se
consideran las resoluciones del I.C.A.C. correspondientes, donde se establecen los criterios para el
reflejo contable de este impuesto en aquellas sociedades que declaran en Régimen de Tributación
Consolidada.