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Asimismo, como parte de ese proceso de equiparación, y también según lo previsto en los

acuerdos de fusión, el Consejo de Administración de la Sociedad decidió solicitar la admisión a

negociación oficial de las mencionadas 1.181.296 acciones en las Bolsas de Valores de Madrid,

Barcelona, Valencia y Bilbao a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo).

Una vez transcurridos 24 meses desde la inscripción de la fusión, es decir, el 31 de octubre de

2014, las 1.181.296 que en esa fecha eran acciones B han pasado a ser acciones ordinarias,

teniendo desde esa fecha todas las acciones que integran el capital social de Atresmedia

Corporación los mismos derechos económicos.

Al cierre de los ejercicios 2014 y 2013, el capital social de la Sociedad asciende a 169.300 miles de

euros y está representado por 225.732.800 acciones de 0,75 euros de valor nominal cada una,

totalmente suscritas y desembolsadas, y con los mismos derechos salvo la restricción de los

derechos económicos que han sido mencionada en este apartado y la mencionada en la Nota 12.3.

La composición del accionariado a cierre del ejercicio 2014 es la siguiente:

%

Participación

Grupo Planeta-deAgostini, S.L.

41,70

Ufa Film und Fernseh GMBH

19,17

Imagina Media Audiovisual, S.L.

4,48

Gamp Audiovisual, S.A. (*)

4,16

Autocartera

0,51

Otros accionistas

29,98

Total

100,00

* Gamp Audiovisual, S.A. es una sociedad del Grupo Imagina y está controlada por ésta en el sentido del artículo 4

de la Ley del Mercado de Valores

Existen acuerdos entre los principales accionistas que garantizan la estabilidad accionarial de la

Sociedad, el otorgamiento de derechos recíprocos de adquisición de sus participaciones y el

compromiso de no control o control por un tercero de la Sociedad e incluyen, además, acuerdos de

gestión, tal y como se describe en el Informe de Gobierno Corporativo.

Las acciones de la Sociedad están admitidas a cotización en el Mercado Continuo de las bolsas

españolas, excepto las 1.181.296 acciones anteriormente mencionadas, cuya admisión a

negociación oficial ha sido solicitada, no habiéndose producido hasta el 22 de enero de 2015.

12.1 Reservas

Reserva legal

De acuerdo con la Ley de Sociedades de Capital, la sociedad anónima debe destinar una cifra igual

al 10% del beneficio del ejercicio a la reserva legal hasta que ésta alcance, al menos, el 20% del

capital social. La reserva legal podrá utilizarse para aumentar el capital en la parte de su saldo que

exceda del 10% del capital ya aumentado. Salvo para la finalidad mencionada anteriormente, y

mientras no supere el 20% del capital social, esta reserva sólo podrá destinarse a la compensación

de pérdidas y siempre que no existan otras reservas disponibles suficientes para este fin.

A 31 de diciembre de 2014 la reserva legal se encuentra totalmente dotada (33.860 miles de

euros).