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considerada como una expiración o resolución que dé lugar a interrumpir la contabilidad
de coberturas cuando el derivado es objeto de novación:
• Como consecuencia de nuevas leyes y reglamentos, una o varias cámaras de
compensación sustituyen a la contraparte original y,
• Cualquier cambio en los términos del derivado novado se limitan a los necesarios para
llevar a cabo la sustitución de la contraparte. No se introduce ningún requisito de desglose
específico.
La entrada en vigor de estamodificación no tendrá un impacto significativo para el Grupo.
Modificación de NIC 19 – Contribuciones de empleados a planes de prestación
definida
La modificación se emite para facilitar la posibilidad de deducir estas contribuciones del
coste del servicio en el mismo período en que se pagan si cumplen ciertos requisitos, sin
necesidad de hacer cálculos para retribuir la reducción a cada año de servicio. Las
contribuciones de empleados o terceros establecidos en los términos formales de un plan
de beneficios definido se registrarán de la siguiente forma:
• Si la contribución es independiente del número de años de servicio, puede reconocerse
como una reducción del coste del servicio en el mismo período en que se paga (es una
opción contable que debe aplicarse consistentemente a lo largo del tiempo).
• Pero si la contribución depende de un número específico de años de servicio, debe ser
obligatoriamente atribuida a esos periodos de servicio conforme al párrafo 70 de la NIC
19.
La entrada en vigor de estamodificación no tendrá un impacto significativo para el Grupo.
IFRIC21 Interpretación sobreGravámenes
La interpretación aborda el tratamiento de cuando reconocer un pasivo por tasas o
gravámenes cuando están basados en información financiera de un período que es
diferente al que ocurre la actividad que da lugar al pago del gravamen.
La interpretación indica que el pasivo debe registrarse cuando el evento que da origen a su
reconocimiento se produce y normalmente ese momento está identificado por la
legislación.
Los principios de reconocimiento que se esbozan arriba serán aplicados a los estados
financieros tanto anuales como intermedios. Esto significa que los estados financieros
intermedios no incluirían ningún gasto anticipado por el gravamen si no hay obligación
presente al final de ese período intermedio.
El Grupo ha evaluado los efectos de la entrada en vigor de esta interpretación y
previsiblemente no tendrá impacto en las Cuentas Anuales Consolidadas, si bien cabe
esperar que tenga impacto sobre los estados financieros intermedios.