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El 22 demarzo de 2013 el Consejo de Ministros aprobó un Acuerdo para el cumplimiento de la
Sentencia del Tribunal Supremo del 27 de noviembre de 2012, indicando que debían cesar en
su emisión los canales afectados, y vinculando dicho proceso al de liberalización del dividendo
digital. Posteriormente, con fecha 18 de diciembre de 2013, el Tribunal Supremo dictó Auto de
ejecución de la citada sentencia, en el que, entre otros aspectos, se refiere a los canales
afectados por su sentencia, entre los que se encontrarían tres de los que actualmente son
explotados por Atresmedia.
En el momento actual y sobre la base de la información disponible, la interpretación de dichas
resoluciones, y el hecho de que Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, S.A. ha
cumplido todos los compromisos y obligaciones que tenía impuestos se mantiene la previsión
de llegar a una solución satisfactoria, no considerando necesario realizar ningún ajuste ni
modificación significativa en las presentes Cuentas Anuales Consolidadas.
En relación con la renovación de las concesiones del servicio público de radiodifusión sonora,
titularidad de Uniprex, S.A. Unipersonal, hasta la fecha se ha venido solicitando de acuerdo
con la normativa vigente, ante la correspondiente administración competente, la renovación
de aquellas concesiones con un vencimiento próximo, y en otras, la autorización de cambio de
titularidad. En algunos supuestos se ha obtenido la renovación expresa de la concesión, y, en
otros, por silencio positivo, tras la interposición de los oportunos recursos de alzada, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 43 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El resto de Sociedades del Grupo desarrollan, principalmente, actividades relacionadas con la
producción, reproducción y difusión de sonidos e imágenes.
La Junta General de Accionistas de la Sociedad Dominante, así como el Consejo de
Administración, en sus reuniones de 28 de abril de 2003 y 29 de julio de 2003,
respectivamente, acordaron solicitar la admisión a negociación de la totalidad de las acciones
de Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, S.A. en las Bolsas de Valores de
Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, así como su inclusión en el Sistema de Interconexión
Bursátil Español (Mercado Continuo). Con fecha 29 de octubre de 2003, las acciones de la
Sociedad Dominante iniciaron su cotización en dichosmercados de valores.
El 14 de diciembre de 2011, previo acuerdo de su Consejo de Administración, Atresmedia
Corporación de Medios de Comunicación, S.A. suscribió un acuerdo con los accionistas de
Gestora de Inversiones Audiovisuales La Sexta, S.A. con el fin de proceder a la integración de
ambas compañías, mediante una fusión por absorción de la Sexta por parte de Atresmedia
Corporación de Medios de Comunicación, S.A., condicionado a la obtención de las pertinentes
autorizaciones regulatorias y de competencia.
El 25 de enero de 2012, los Consejos de Administración de Atresmedia Corporación de Medios
de Comunicación, S.A. y de Gestora de Inversiones Audiovisuales La Sexta, S.A. aprobaron el
Proyecto Común de Fusión de ambas.
La Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad Dominante, en su reunión celebrada
el 25 de abril de 2012, acordó la aprobación de la fusión por absorción entre Atresmedia
Corporación de Medios de Comunicación, S.A. como sociedad absorbente, y Gestora de
Inversiones Audiovisuales La Sexta, S.A., de acuerdo con los términos del proyecto común de
fusión depositado en el RegistroMercantil deMadrid el 7 de febrero de 2012.
Con fecha 24 de agosto de 2012 se obtiene la autorización por parte de las autoridades
competentes en materia de defensa de la competencia en virtud del Acuerdo adoptado por el
Consejo deMinistros de esamisma fecha.