Informe Remuneraciones consejeros 2017

6 También es posible la reducción de las retribuciones de los consejeros, cuando concurran circunstancias económicas especialmente adversas, que impliquen una reducción importante del resultado económico del Grupo y la consiguiente política de ajuste general de gastos. A.5. -Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, financiados parcial o totalmente por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, con una estimación de su importe o coste anual equivalente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero. Indique también las aportaciones a favor del consejero a planes de pensiones de aportación definida; o el aumento de derechos consolidados del consejero, cuando se trate de aportaciones a planes de prestación definida. No existen retribuciones de estas características. A.6. Indique cualesquiera indemnizaciones pactadas o pagadas en caso de terminación de las funciones como consejero. Solo se establecen cláusulas de indemnización en el contrato del Consejero Delegado. Sus características están descritas en el siguiente apartado A.7 de este informe. En el ejercicio 2017 no se ha pagado ninguna cantidad por este concepto. A.7. Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post- contractual. Los contratos de quienes ejercen funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos son de duración indefinida. De modo general incluyen las cláusulas adecuadas para asegurar la confidencialidad en el uso de información y la exclusividad en su actividad profesional. Asimismo recogen, cuando es pertinente, todas o algunas de las siguientes obligaciones: 1. Un plazo de preaviso mutuo, para el supuesto de extinción anticipada y voluntaria del contrato. Este plazo será como mínimo de dos meses, con una penalización equivalente a la retribución proporcional que corresponda para el supuesto de incumplimiento. 2. Una retribución variable en efectivo, vinculada a la permanencia en la empresa. 3. Una retribución variable en efectivo, vinculada a la obtención de resultados económicos de Atresmedia. 4. Un compromiso del consejero de restituir cualquier cantidad que reciba en concepto de retribución variable si, finalmente y por cualquier motivo, resultasen de forma manifiesta acreditadamente inexactos los datos que hayan servido para el cálculo y la liquidación de esa retribución variable. 5. Un compromiso de no competencia post contractual, para el plazo de un año después de la extinción del contrato. 6. La retribución variable a largo plazo mediante entrega de acciones propias. En el momento de la contratación de consejeros ejecutivos pueden establecerse cláusulas de indemnización, que son aplicables en los dos primeros años de vigencia del contrato y únicamente

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