Informe Anual de Gobierno Corporativo 2017
17 Evaluación (art. 15.2 del Reglamento) Corresponde al Presidente del Consejo organizar y coordinar con los presidentes de las Comisiones la evaluación periódica del Consejo, así como, en su caso, la del Consejero Delegado o del primer ejecutivo. Remoción (art. 14 del Reglamento) Los Consejeros cesan en su cargo cuando lo decida la Junta General, cuando comuniquen su dimisión a la Sociedad o cuando haya transcurrido el periodo para el que fueron nombrados. Deberán poner su cargo a disposición del Consejo y formalizar la correspondiente dimisión en los supuestos que se detallan en el siguiente apartado C.1.21 del presente informe. El Consejo no propondrá el cese de consejeros independientes antes del cumplimiento del periodo estatutario para el que fueron nombrados, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. Se entenderá que existe justa causa cuando el Consejero pase a ocupar nuevos cargos o contraiga nuevas obligaciones que le impidan dedicar el tiempo necesario al desempeño del cargo, hubiera incumplido los deberes inherentes al mismo o incurrido en alguna de las circunstancias impeditivas de su clasificación como independiente. El Consejo de Administración propondrá el cese de los restantes Consejeros antes del cumplimiento del periodo estatutario para el que fueron nombrados cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo y previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. Podrá proponerse el cese de consejeros independientes como consecuencia de Ofertas Públicas de Adquisición, fusiones u otras operaciones societarias similares que supongan un cambio en la estructura accionarial, cuando tales cambios vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad establecido en el Reglamento. Si un Consejero, o el Secretario o un Vicesecretario del Consejo de Administración cesara en su cargo antes del término de su mandato, explicará las razones en una carta que remitirán a todos los miembros del Consejo, sin perjuicio de que se comunique como Hecho Relevante a la CNMV y se dé cuenta en el Informe Anual de Gobierno Corporativo. En especial, en el caso de que la dimisión se deba a que el Consejo haya adoptado decisiones significativas o reiteradas sobre las que el Consejero, el Secretario o Vicesecretario haya hecho constar serias reservas y como consecuencia de ello optara por dimitir, en la carta de dimisión que dirija al Consejo se hará constar esta circunstancia. C.1.20 Explique en qué medida la evaluación anual del consejo ha dado lugar a cambios importantes en su organización interna y sobre los procedimientos aplicables a sus actividades: Descripción modificaciones La Secretaría del Consejo de Administración ha realizado un análisis sobre las medidas y propuestas que fueron recogidas en el Plan de acción para 2017 que formaba parte del informe de evaluación 2016. Las mejoras incorporadas han sido las siguientes: (i) se ha aprobado por el Consejo, previo informe favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, un protocolo de sucesión para el Presidente y el Consejero Delegado y un protocolo sobre la intervención de la Comisión Delegada del Consejo de Administración en asuntos singulares de especial relevancia, (ii) se ha implantado, como práctica de buen gobierno, que el auditor externo mantenga anualmente una reunión con el pleno del Consejo, para informarle acerca del trabajo realizado y la evolución de la situación contable y de riesgos de la entidad, (iv) se ha fomentado la participación a distancia de los consejeros en las reuniones del Consejo y las Comisiones en los casos en los que no ha sido posible la presencia física, de acuerdo con las previsiones del Reglamento del Consejo, (v) se ha tratado de evitar, en los casos de no ser posible la asistencia, ni presencial ni a distancia, la concentración de delegaciones en un solo consejero, respetando las reglas establecidas para las mismas en las normas internas, como la delegación de los no ejecutivos en otro no ejecutivo, (vi) se han incluido en el calendario anual de reuniones del Consejo y sus Comisiones, nuevas reuniones ordinarias, en concreto, una del Consejo y una de la Comisión de Auditoría y Control, (vii) se ha incrementado el tiempo de duración de algunas de las reuniones de la Comisión de Auditoría y Control previstas en el calendario, (viii) se ha finalizado el proceso de evaluación 2017 antes de la aprobación del presenta informe, con el fin de que pudieran recogerse en el mismo los avances más significativos.
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