Memoria 2017 Atresmedia individual

Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, S.A. CUENTAS ANUALES 2017 22 ningún caso será superior a un año. Los efectos de los ajustes realizados en este período se contabilizan retroactivamente modificando la información comparativa si fuera necesario. Los cambios posteriores en el valor razonable de la contraprestación contingente se ajustan contra resultados, salvo que dicha contraprestación haya sido clasificada como patrimonio, en cuyo caso los cambios posteriores en su valor razonable no se reconocen. 4.13 Transacciones con vinculadas La Sociedad realiza todas sus operaciones con vinculadas a valores de mercado. Adicionalmente, los precios de transferencia se encuentran adecuadamente soportados, por lo que los Administradores de la Sociedad consideran que no existen riesgos significativos por este aspecto de los que puedan derivarse pasivos de consideración en el futuro. 4.14 Partidas corrientes y no corrientes Se consideran activos corrientes aquellos vinculados al ciclo normal de explotación, que, con carácter general, se considera de un año. También aquellos otros activos cuyo vencimiento, enajenación o realización se espera que se produzca en el corto plazo desde la fecha de cierre del ejercicio, los activos financieros mantenidos para negociar, con la excepción de los derivados financieros cuyo plazo de liquidez sea superior al año, y el efectivo y otros activos líquidos equivalentes. Los activos que no cumplen estos requisitos se califican como no corrientes. Del mismo modo, son pasivos corrientes los vinculados al ciclo normal de explotación, los pasivos financieros mantenidos para negociar, con la excepción de los derivados financieros cuyo plazo de liquidez sea superior al año, y en general todas las obligaciones cuyo vencimiento o extinción se producirá en el corto plazo. En caso contrario, se clasifican como no corrientes. 4.15 Transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio La Sociedad tiene implantado un sistema de retribución con entrega de acciones dirigido a determinados consejeros y directivos (véase Nota 19.3). Los pagos a beneficiarios liquidados mediante la emisión de instrumentos de patrimonio se registran mediante la aplicación de los siguientes criterios: • Si los instrumentos de patrimonio concedidos se convierten en irrevocables de forma inmediata en el momento de la concesión, los servicios recibidos se reconocen con cargo a la cuenta de pérdidas y ganancias con el consiguiente aumento del epígrafe Otros instrumentos de patrimonio neto; • Si los instrumentos de patrimonio concedidos se convierten en irrevocables cuando los beneficiarios completan un determinado periodo de servicio, los servicios recibidos se reconocen durante el periodo de irrevocabilidad con abono al epígrafe Otros instrumentos de patrimonio neto. La Sociedad determina el valor razonable de los instrumentos concedidos a los beneficiarios en la fecha de concesión. Las condiciones para la irrevocabilidad referidas al mercado, se consideran en la determinación del valor razonable del instrumento. Las condiciones para la irrevocabilidad, distintas de las condiciones referidas al mercado, se consideran ajustando el número de instrumentos de patrimonio incluidos en la determinación del importe de la transacción, de forma que finalmente, el importe reconocido por los servicios recibidos, se base en el número de instrumentos de patrimonio que eventualmente se van a consolidar. En consecuencia, la Sociedad reconoce el importe por los servicios recibidos durante el periodo para la irrevocabilidad, en base a la mejor estimación del número de instrumentos que se

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