Memoria 2017 Atresmedia individual
Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, S.A. CUENTAS ANUALES 2017 16 Para que estos instrumentos financieros puedan calificar como de cobertura contable, son designados inicialmente como tales, documentándose la relación de cobertura. Asimismo, la Sociedad verifica inicialmente y de forma periódica a lo largo de su vida (como mínimo en cada cierre contable) que la relación de cobertura es eficaz, es decir, que es esperable prospectivamente que los cambios en el valor razonable o en los flujos de efectivo de la partida cubierta (atribuibles al riesgo cubierto) se compensen casi completamente por los del instrumento de cobertura y que, retrospectivamente, los resultados de la cobertura hayan oscilado dentro de un rango de variación del 80 al 125% respecto del resultado de la partida cubierta. La Sociedad ha aplicado durante el ejercicio coberturas de flujos de efectivo. En este tipo de coberturas, la parte de la ganancia o pérdida del instrumento de cobertura que se haya determinado como cobertura eficaz se reconoce transitoriamente en el patrimonio neto, imputándose en la cuenta de pérdidas y ganancias en el mismo período en que el elemento que está siendo objeto de cobertura afecta al resultado, salvo que la cobertura corresponda a una transacción prevista que termine en el reconocimiento de un activo o pasivo no financiero, en cuyo caso los importes registrados en el patrimonio neto se incluirán en el coste del activo o pasivo cuando sea adquirido o asumido. La contabilización de coberturas es interrumpida cuando el instrumento de cobertura vence, o es vendido, finalizado o ejercido, o deja de cumplir los criterios para la contabilización de coberturas. En ese momento, cualquier beneficio o pérdida acumulado correspondiente al instrumento de cobertura que haya sido registrado en el patrimonio neto se mantiene dentro del patrimonio neto hasta que se produzca la operación prevista. Cuando no se espera que se produzca la operación que está siendo objeto de cobertura, los beneficios o pérdidas acumulados netos reconocidos en el patrimonio neto se transfieren a los resultados netos del período. 4.6 Existencias Derechos de programas Las existencias de derechos y programas se valoran, dependiendo de su naturaleza, de acuerdo con los siguientes criterios: - 1.- Los programas de producción propia inventariables (programas realizados para ser reemitidos, tales como series de ficción) se registran a su coste de adquisición y/o producción, los cuales incluyen tanto los costes externos facturados por terceros por la producción de los programas y por la adquisición de recursos como los costes internos de producción, los cuales se calculan mediante la aplicación de unas tasas internas preestablecidas en función del tiempo de los recursos operativos utilizados en la producción. Los costes incurridos en el proceso de producción de los programas se registran en los diferentes epígrafes de la cuenta de pérdidas y ganancias en función de su naturaleza y se incorporan al epígrafe “Derechos de Programas” del balance de situación mediante abono en la cuenta “Incorporación a existencias” del epígrafe “Aprovisionamientos” de la cuenta de pérdidas y ganancias. El consumo de estos programas se registra en la cuenta de pérdidas y ganancias en el epígrafe “Consumo de programas y otros” en función del número de emisiones (pases) realizados. Tras los análisis realizados por la Sociedad en relación con la emisión efectiva de este tipo de programas, se aplica un 99% del coste de producción al primer pase y un 1% al segundo pase, en el caso de las series de emisión semanal, aplicando el 100% a las series de tira diaria. En todo caso, el periodo máximo de consumo de estos programas es de tres años, transcurridos los cuales se da de baja el importe pendiente de consumir. - 2.- Los programas de producción propia no inventariables (programas producidos para ser emitidos una sola vez) se valoran siguiendo idénticos criterios y procedimientos que los programas de producción propia inventariables. Los programas producidos y no emitidos se registran al cierre del ejercicio en la cuenta “Programas de producción propia y en curso” del epígrafe “Derechos de programas” del balance de situación. El coste de estos programas
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